Sábado 27 de Julio de 2024

Hoy es Sábado 27 de Julio de 2024 y son las 01:40 -

25 de julio de 2023

La AFIP actualizó el monto mínimo desde el que se declara la venta de un auto usado

La AFIP actualizó el valor mínimo que tiene que tener un vehículo para que sea obligatorio emitir el Certificado de Transferencia del Automotor

a Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó recientemente el valor mínimo que tiene que tener un vehículo para que sea obligatorio emitir el Certificado de Transferencia del Automotor (CETA) para la compraventa de vehículos usados.

El nuevo piso para automotores será de $4.500.000, un 85 por ciento más del que estaba vigente ($2.400.000).

Cómo se obtiene el Formulario CETA de AFIP
El Certificado de Transferencia Automotor (CETA) se tramita de manera gratuita a través del sitio web de la AFIP, con o sin clave fiscal.

En el CETA, que además de informar a la AFIP debe presentarse en el registro automotor al hacer la transferencia, deben constar los siguientes datos:

Dominio;
Marca;
Modelo;
Fábrica del tipo de vehículo;
Identificación del vendedor y el porcentaje de titularidad;
Datos del comprador.
La polémica decisión que tomaron las agencias de autos usados

AFIP: montos consumidar final
Los montos de facturación a partir de los cuales deben detallarse los datos del receptor del comprobante fueron actualizados, cuando se trate de un consumidor final, señala la AFIP.

La adecuación, tendiente a fortalecer el régimen de control de emisión de comprobantes, establece que los datos deberán precisarse cuando el importe de una factura sea igual o superior a $ 92.720 y su receptor sea un consumidor final. La información que deberá detallarse es la siguiente:

Apellido y Nombres.
Domicilio.
CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
La identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 46.360 y no se haya pagado con tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina.

COMPARTIR:

Comentarios