14 de septiembre de 2023
Cómo será la devolución del IVA de la canasta básica: lo que hay que saber
El beneficio es para trabajadores registrados, monotributistas, inscriptos en la AUH y empleadas domésticas, y se prolongará hasta fin de año.
El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció este miércoles por la tarde la implementación desde el lunes y hasta el 31 de diciembre de un programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las compras de artículos de la canasta básica alimentaria (CBA) con tarjeta de débito, como parte de las medidas adoptadas para morigerar el impacto de la devaluación de mediados de agosto.
En Rosarioplus.com hacemos un repaso de los principales puntos de la medida económica que presentó el Gobierno nacional.
Vigencia: desde el próximo lunes 18 de septiembre y hasta el 31 de diciembre.
Beneficiarios: trabajadores que cobran salarios hasta $708.000, para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), para 2,3 millones de monotributistas que no perciben otro ingreso y para 440.000 empleadas domésticas
Tope: 18.800 pesos a lo largo del mes.. Es decir, no se devolverá el IVA cuando el gasto por persona sea superior a 89.523.
Inscripción al programa: No habrá que hacer ningún trámite, el beneficio es automático, se habilita de manera automática a todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, así como también a los productos de higiene personal y de la canasta del hogar.
Forma de pago: sólo con tarjeta de débito. A las 48 horas de la compra, se va a acreditar automáticamente la devolución del programa Compre sin IVA.
Productos alcanzados: Pan, Galletitas de agua, Galletitas dulces, Arroz, Harina de trigo, Otras harinas (como maíz), Fideos, Papa, Batata, Azúcar, Dulces (Dulce de batata, mermelada, dulce de leche), Legumbres secas (Lentejas, arvejas), Hortalizas (Acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado), Frutas (Manzana, mandarina, naranja, banana, pera), Carnes (Asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado), Menudencias (Hígado), Fiambres (Paleta cocida, salame), Huevos, Leche, Queso (Queso crema, queso cuartirolo, queso de rallar), Yogur, Manteca, Aceite, Bebidas no alcohólicas (Gaseosas, jugos concentrados, soda), Bebidas alcohólicas (Cerveza, vino), Sal fina, Condimentos (Mayonesa, caldos concentrados), Vinagre, Café, y Yerba 510.
Otras promos: la devolución del IVA de la CBA será acumulable con otros beneficios bancarios.